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INTERVINIENTES |
Internos |
Externos |
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q
Registro
General (o ventanilla única si se tiene establecida) q
Alcalde
(u órgano en quien hubiere delegado competencia) q
Servicios
Sociales Comunitarios q
Servicios
Económicos Municipales |
q
Solicitante | |
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NORMAS
DE FUNCIONAMIENTO |
Ø
Orden
22/10/1996: Orden de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de
Andalucía de 22 de octubre de 1996, por la que se regula el Servicio de
Ayuda a Domicilio como prestación básica de los Servicios Sociales
Comunitarios. Ø
LBRL:
Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen
Local. Ø
LHL:
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas
Locales. Ø
ROF:
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales. Ø
LPC:
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común. Ø
LJ:
Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. | |
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VERIFICACIONES
Y CONTROLES |
Verificación
de que el solicitante reúne los requisitos para el acceso a la
prestación. | |
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RESPONSABLE |
A
determinar por la Corporación. | |
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SOPORTES |
Expediente de tramitación. | |
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AUTORIZADOS |
A
determinar en cada Corporación. | |
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DISTRIBUCIÓN
DOCUMENTOS |
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ARCHIVO |
Archivo
de los Servicios Sociales
Comunitarios. | |