INTERVINIENTES

Internos

Externos

q       Registro General (o ventanilla única si se tiene establecida)

q       Alcalde (u órgano en quien hubiere delegado competencia)

q       Servicios Sociales Comunitarios

q       Servicios Económicos Municipales

q       Solicitante

 

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

Ø      Orden 22/10/1996: Orden de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía de 22 de octubre de 1996, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio como prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios.

 

Ø      LBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.

 

Ø      LHL: Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.

 

Ø      ROF: Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y  Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

 

Ø      LPC: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Ø      LJ: Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

VERIFICACIONES Y CONTROLES

Verificación de que el solicitante reúne los requisitos para el acceso a la prestación.

RESPONSABLE

A determinar por la Corporación.

SOPORTES

Expediente de tramitación.

AUTORIZADOS

A determinar en cada Corporación.

DISTRIBUCIÓN DOCUMENTOS

 

ARCHIVO

Archivo de los Servicios Sociales Comunitarios.