Del 5 de julio al 5 de agosto de 2011.
Ayuntamiento de GILENA
SUBVENCIONES
AL TURISMO
CONVOCA:
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
de la Junta de Andalucía
Plazo de presentación:
del 05 de julio al 05 de agosto de 2011
SOLICITANTES : microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME).
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. Establecimientos de Alojamiento turístico.
a) Establecimientos hoteleros:
a.1. Mejora y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, especialmente los destinados a transacciones de comercio electrónico, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual (VIN).
a.2. Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que éste genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML (VIN).
a.3. Mejora y modernización, priorizándose las necesarias para la obtención de categoría superior a tres estrellas y las dirigidas a incrementar la información, la accesibilidad y reservade espacios para discapacitados (VIN).
a.4. La creación de instalaciones que contribuyan a diversificar y cualificar la oferta de servicios complementarios y de ocio (VIN).
b) Campamentos de Turismo: Mejora y modernización de las instalaciones fijas de uso colectivo, accesos, viales, aparcamientos, cerramientos, sistemas de seguridad, instalación eléctrica, agua potable, servicios higiénicos y tratamiento y eliminación de residuos sólidos y aguas residuales, que se concreten en alguna de las siguientes actuaciones:
b.1. Las dirigidas a incrementar la categoría del establecimiento (VIN).
b.2. Las dirigidas a incrementar la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados así como los accesos en general (VIN).
b.3. Mejora y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, especialmente los destinados a transacciones de comercio electrónico, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual (VIN).
b.4. Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que éste genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML (VIN).
b.5. Establecimiento y mejora de la señalización interior (VIN). b.6. Recuperación y tratamiento paisajístico, adecuando las instalaciones al entorno (VIN).
2. Alojamiento turístico en el medio rural y viviendas turísticas de alojamiento rural.
Las actuaciones que se concreten en:
a) Creación, ampliación, mejora y modernización de casas rurales, establecimientos hoteleros rurales, complejos turísticos rurales y edificios/complejos de apartamentos turísticos rurales, en los supuestos siguientes:
a.1. El acondicionamiento de conjuntos arquitectónicos singulares para su aprovechamiento turístico y la reforma y acondicionamiento de edificaciones tradicionales para su integración en la oferta reglada (VIN).
a.2. Las dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, especialmente los destinados a transacciones de comercio electrónico, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual (VIN).
a.3. Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que éste genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML (VIN).
a.4. Las dirigidas a incrementar la categoría del establecimiento (VIN).
a.5. Las dirigidas a incrementar la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados así como los accesos en general. ( VIN)
a.6. La creación de instalaciones que contribuyan a diversificar y cualificar la oferta de servicios complementarios y de ocio. (VIN)
a.7. Creación de establecimientos hoteleros rurales de categoría cuatro estrellas o superior, siempre que no haya en el municipio otro hotel de esa categoría inscrito en el Registro de Turismo (VIN).
b) Viviendas turísticas de alojamiento rural: Reformas para su transformación en establecimiento de alojamiento turístico rural (VIN).
3. Establecimientos relacionados con actividades saludables vinculadas con el bienestar de las personas, el turismo cultural y con la industria del ocio y el entretenimiento que puedan tener una incidencia significativa en la atracción de turistas: Creación, mejora y modernización de estos establecimientos (VIN).
4. Establecimientos de restauración con gastronomía típica andaluza, en zonas destacadas por su incidencia turística o aquellas zonas emergentes desde el punto de vista turístico.
a) Creación, mejora y modernización, incluyendo la derivada de la implantación de sistemas de gestión, autocontrol y modernización tecnológica (VIN).
b) Mejora de la accesibilidad (VIN).
5. Agencias de viaje.
a) Desarrollo e implantación de aplicaciones informáticas que faciliten la reserva electrónica de productos turísticos ofertados por las agencias de viaje receptoras, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual (VIN).
b) Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que este genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML (VIN).
6. Servicios de información turística: Modernización tecnológica (VIN).
7. Creación de rutas y circuitos turísticos ligados a la naturaleza, la cultura y el deporte (VIN).
8. Creación de productos turísticos.
a) Proyectos e iniciativas concretas tendentes a aumentar los índices de ocupación en las temporadas bajas (DES).
b) Creación y/o diversificación de nuevos productos que permitan reforzar los mercados tradicionales, tanto el nacional como el internacional, apostando por segmentos de alta rentabilidad y con gran potencial de crecimiento, desde el punto de vista turístico (VIN).
9. Instalación, mejora de la accesibilidad y modernización de chiringuitos (establecimientos expendedores de comidas y bebidas al servicio de la playa) (VIN).
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Construcciones, excluidos los terrenos.
b) Trabajos de proyecto y dirección facultativa.
c) Mobiliario e instalaciones.
d) Sistemas de Información, software y equipos informáticos (hardware), directamente relacionadas con el Turismo.
e) Maquinaria.
f) Cualquier otra actuación que expresamente se recoja como concepto subvencionable en el apartado 5.1.1 del Decreto 394/2008, de 24 de junio, por el que se establece el marco regulador de las ayudas de finalidad regional y a favor de pymes que se concedan por la Administración de la Junta de Andalucía, y tengan la consideración de gasto subvencionable con FEDER